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Plazos y trámites para cobrar un seguro de vida

El seguro de vida es un seguro que se cobra al fallecimiento del asegurado por sus herederos o beneficiarios, pero ¿sabías que hay muchos seguros que no se cobran porque los herederos no lo reclaman?

Plazos y trámites para cobrar un seguro de vida 

Es importante confirmar qué pólizas de seguro tenía el familiar fallecido y quiénes son los beneficiarios, para ello tienes que consultar en Registro de contratos de seguros que depende del Ministerio de Justicia, una vez que te haya llegado el certificado de defunción del fallecido.

Con la información sobre la aseguradora, el heredero, tiene que preparar la documentación necesaria para presentar en la aseguradora, además la compañía podrá solicitar todo tipo de información y documentos para hacer el pago de la indemnización según la póliza de seguro contratada. Los documentos indispensables en un principio serían:

  • El certificado de defunción del asegurado fallecido.

  • Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades.

  • Copia del último Testamento o Acta Notarial de Declaración de Herederos.

  • Liquidación total o parcial del Impuesto de Sucesiones.

Nuestros seguros: contrata un seguro de vida express por sólo 20 € anuales durante toda la vigencia de la póliza o un seguro de vida completo con las coberturas de fallecimiento, invalidez, etc. Llámanos al 91 557 68 06 o solicita tu seguro sin compromiso.

El plazo para cobrar el seguro de vida es de tres meses, desde la notificación del fallecimiento y la entrega de toda la documentación requerida. Por otra parte, el plazo que se tiene para la comunicación de un siniestro es de siete días desde el conocimiento salvo que en la póliza se especifique otra cosa. El asegurado deberá facilitar a la aseguradora toda la información sobre el motivo y las circunstancias del fallecimiento, cuando lo requiera la aseguradora. Otro plazo que debemos tener en cuenta es que la ley de contrato de seguro establece un plazo de cinco años de prescripción para reclamar los seguros personales, como los seguros de vida. El plazo de prescripción puede ser interrumpido mediante reclamaciones extrajudiciales (burofax, cartas certificadas, emails, etc.)

En SEGUROSCEA, le recordamos la importancia de estar bien asesorado para contratar o para cobrar un seguro de vida, ante cualquier duda consulte a nuestro departamento.

Ana María Amador Rua. Abogado Seguros CEA

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