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Seguros que se pueden desgravar en la declaración de la renta

Como gastos deducibles en la declaración de la renta de las personas físicas podemos beneficiarnos de algunos seguros que tenemos contratados, pero a veces por descuido o por desconocimiento no lo tomamos en cuenta, como por ejemplo los seguros de vida o de hogar si están vinculados a la hipoteca, o los seguros de salud si eres autónomo, entre otros. Es importante revisarlos.

Seguros que desgravan en la RENTA

Seguros que desgravan en la RENTA:

1.- Seguros vinculados a la hipoteca

  • Se pueden desgravar los seguros de hogar vinculados a una hipoteca si la hipoteca está firmada antes del 1 de enero de 2013.
  • Los seguros de vida vinculados al préstamo hipotecario, siempre que se haya firmado la hipoteca antes del 1 de enero de 2013.

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2.-Seguros de vehículos

Los seguros del coche únicamente se pueden deducir en el caso de los profesionales, si el vehículo se usa íntegramente para la realización de la actividad laboral.

3- Seguros de ahorro y planes de pensiones

Para que estos productos de ahorro desgraven el tomador, el asegurado y el beneficiario tienen que ser la misma persona.

Para este año, se pueden deducir hasta 1.500 euros (este límite se incrementará en 8.000 euros, siempre que esta aportación provenga de contribuciones empresariales) y hasta un máximo del 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de las actividades económicas del individuo.

4.- Seguros de salud

Los autónomos pueden desgravarse hasta un total de 500 euros al año si tiene contratado un seguro de salud privado. Esta cantidad se multiplica por el número de miembros de la unidad familiar incluidos en el seguro, que pueden ser el cónyuge y los hijos menores de 25 años. Para los miembros con discapacidad la deducción asciende a 1.500 euros. El límite de la deducción es de 4.500 euros.

Seguros que se pueden desgravar en la declaración de la renta

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5.- Seguros de responsabilidad civil profesional

Los seguros de responsabilidad civil profesional se pueden desgravar en la declaración de la renta, porque es un seguro que se contrata para proteger la actividad profesional que se declara. 

En SEGUROSCEA puedes contratar los seguros que precises y solicita asesoramiento sobre las desgravaciones y cualquier duda sobre tus seguros teniendo garantizada la defensa de tus intereses.

Ana María Amador Rua. Abogada Seguros CEA

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