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Seguro de impago de alquiler

Seguro de Impago de Alquiler

El seguro de alquiler más completo para tu vivienda

Protege tu alquiler frente a impagos, actos vandálicos y reclamaciones

Para propietarios de vivienda o local en alquiler. Contrata fácilmente y despreocúpate

Por qué elegir un seguro de impago de alquiler

  • Tranquilidad de cobro

    Tranquilidad de cobro

    Recibe la renta aunque el inquilino deje de pagar
  • Cobertura de daños

    Cobertura de daños

    Actos vandálicos y deterioros también incluidos
  • Defensa jurídica integral

    Defensa jurídica integral

    Abogados especializados a tu lado para reclamaciones y desahucios

Coberturas del seguro de impago de alquiler:

Impago de alquileres

Garantizamos las rentas mensuales desde el primer impago hasta el límite contratado.

Daños materiales

Cobertura frente a actos vandálicos realizados por el inquilino al inmueble (paredes, puertas, instalaciones).

Defensa jurídica y reclamación de daños

Acceso a asesoramiento ilimitado, defensa frente a reclamaciones y gestión de juicio de desahucio.

Reclamación de suministros o cuotas

Cuando el impago de suministros o comunidad esté ligado al inquilino moroso, también actuamos para tu tranquilidad.

Para quién es

Este seguro está pensado para:

  • Propietarios particulares que alquilan viviendas en España.

  • Dueños de locales comerciales arrendados a terceros.

  • Inversores que desean minimizar riesgos en su cartera de alquiler.

¿Por qué contratar un seguro de impago de alquiler?

Cómo funciona

Solicita presupuesto

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Completa nuestro formulario o llámanos para recibir un presupuesto inmediato.
Evaluación del inquilino

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Revisamos solvencia, renta y contrato para darte la aprobación en horas.
Contratación rápida

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Envío de póliza digital, todo listo para que empiece la cobertura.
En caso de impago

En caso de impago

Nos ocupamos de la reclamación, recuperación del inmueble y pago de la renta. Tú sólo supervisas.

Requisitos básicos

  • Contrato de alquiler debidamente firmado.

  • Inquilino con documentación identificativa (DNI/NIF) y datos económicos actualizados.

  • Renta mensual y periodo de garantía establecidos en la póliza.

  • Bien (vivienda o local) ubicado en España, correctamente mantenido y comunicado al arrendador.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el seguro de impago de alquiler?

Recomendamos que el propietario asuma la prima del seguro, ya que es él quien obtiene la protección.

¿Cuándo entra en vigor la cobertura?

La garantía se activa tras el primer impago del inquilino y una vez presentada la reclamación judicial si aplica.

¿Qué ocurre si cambia de inquilino?

Puedes mantener el seguro vigente y únicamente actualizar los datos del nuevo arrendatario. Contacta con nosotros para ajustar los términos.

¿Cubre suministros y comunidad?

Sí, siempre que el impago esté vinculado al inquilino moroso y dentro del límite contratado.

¿Qué debo hacer si el inquilino deja de pagar?

Contacta con nosotros en un plazo máximo (por ejemplo) de 45 días desde el primer impago para iniciar el procedimiento de reclamación.

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  • Nuestros asegurados opinan

    • Ainhoa B.

      "Me hice hace poco el seguro con ellos, porque aparte que son baratísimos los precios que me ofrecieron, tienes el magnífico asesoramiento de su personal que no en todos los sitios te lo dan. Me dan mucha confianza y muy recomendable".
    • Rafael S.

      "Facilidad para la tramitación de siniestros, seguimiento del parte a la aseguradora, y rapidez en la gestión con la peritación y demás trámites".
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      "Rapidez, eficacia y variedad en todo tipo de seguros. Muy recomendable"
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      "Buen precio, ágil gestión y buena atención".
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      "Excelente precio y trato. Personal amable y respuesta rápida. Muy buena aseguradora".
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