Si eres propietario de una vivienda y la tienes alquilada es aconsejable contratar un seguro para tu vivienda en alquiler y tener protección ante estos tres tipos de situaciones:
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Cobertura de los principales daños de tu casa alquilada, como son: daños por incendio, daños por nevadas, daños por lluvia, pedrisco y viento.
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Reclamaciones de los inquilinos, al arrendar una vivienda te obligas a mantener la vivienda en buen estado y si te llega una reclamación de los inquilinos cuando se produce la rotura de una tubería, humedades, o porque ocasionen daños a terceros.
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Además, el seguro de impago de alquiler protege ante el impago de las rentas. Si quieres alquilar tu piso y garantizar el pago de las mensualidades de los inquilinos, debes contratar un seguro con esta cobertura.
Quién contrata el seguro de la vivienda, ¿el inquilino o el propietario?
Los seguros de hogar pueden cubrir el continente, el contenido y la responsabilidad civil y es aquí donde nos preguntamos ¿a quién le interesa asegurar la vivienda y qué riesgos?
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El arrendador tiene la obligación de realizar las reparaciones necesarias para mantener las condiciones de habitabilidad, a no ser que éstas hayan sido provocadas por culpa de una acción del inquilino, luego todos los elementos fijos de la vivienda le corresponden al propietario.
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La responsabilidad civil de la vivienda, tanto el propietario como el inquilino deben asegurar sus pertenencias, lo que significa que si por ejemplo se produce un incendio consecuencia de una negligencia del inquilino, el seguro cubre todos los gastos según cobertura contratada.
Los seguros de hogar para propietarios se centran en cubrir los riesgos básicos del continente y la responsabilidad civil de daños a terceros ocasionados por el propio inmueble, proporcionando tranquilidad a los dueños de la vivienda y al inquilino.
También es habitual encontrar coberturas frente al impago del alquiler que garantizan el cobro de las mensualidades acordadas. Otra posible opción es contratar una póliza individual de impago de alquileres cuya función, única y exclusivamente, sea proteger del impago de las rentas.
El seguro de hogar para inquilinos
Los seguros de hogar para inquilinos protegen los bienes personales y objetos de valor y cubre daños que se puedan producir accidentalmente en el uso de la vivienda.
Es habitual también que protejan de daños comunes en las instalaciones de tuberías o electricidad, proporcionado la tranquilidad de que estos problemas serán solucionados incluso cuando el propietario no haya contratado un seguro. Las pólizas pueden cubrir asimismo la resolución de problemas urgentes como un servicio de cerrajería, y pueden dar asistencia jurídica para los litigios con el arrendador como, por ejemplo, la devolución de la fianza.
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Ana María Amador Rua. Abogada Seguros CEA