Un seguro de impago de alquiler es una póliza diseñada para proteger al propietario de una vivienda alquilada ante la posibilidad de que el inquilino no pague la renta acordada.

La aseguradora asume el pago de las mensualidades impagadas y, además, se encarga de los trámites legales, el desahucio y la reclamación judicial de las cantidades adeudadas.
En otras palabras, este seguro garantiza que el propietario siga cobrando su alquiler cada mes, incluso si el inquilino no paga.
¿Por qué contratar un seguro de impago de alquiler?
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Garantía de cobro en tus arrendamientos mensuales, incluso si el inquilino deja de pagar.
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Filtrado profesional de inquilinos, ya que la aseguradora evalúa su solvencia antes de formalizar el contrato.
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Defensa jurídica y protección en caso de desahucio, incluyendo los gastos legales del proceso.
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Cobertura de actos vandálicos y daños intencionados provocados por el inquilino.
Requisitos para contratar un seguro de impago de alquiler
Antes de formalizar la póliza, la aseguradora debe comprobar que el inquilino es solvente y fiable. Por eso, se realiza un estudio previo para minimizar el riesgo de impago. A continuación, te explicamos qué se necesita.
Requisitos del inquilino
El inquilino debe cumplir con las siguientes condiciones:
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No estar incluido en ficheros de morosidad como ASNEF, RAI o similares.
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Acreditar ingresos estables, ya sea con contrato laboral indefinido o antigüedad mínima de seis meses.
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Que el importe mensual del alquiler no supere el 40–45 % de los ingresos netos del inquilino.
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Presentar documentación completa y actualizada:
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DNI o NIE.
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Últimas tres nóminas.
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Contrato laboral o vida laboral.
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Declaración de IRPF (en caso de autónomos).
Consejo: Si el inquilino cumple estos requisitos, la aprobación suele ser inmediata y la póliza puede activarse en el mismo día.
Requisitos del propietario o arrendador
Para formalizar la póliza, el propietario debe aportar algunos documentos básicos:
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Contrato de arrendamiento firmado y vigente.
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Referencia catastral o dirección exacta del inmueble.
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Datos personales del propietario o titular de la vivienda.
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En algunos casos, recibo del IBI o escritura de propiedad.
¿Por qué es importante cumplir estos requisitos?
Cumplir con los requisitos garantiza que la póliza cubra cualquier impago sin complicaciones ni rechazos. Además, aumenta tu tranquilidad como propietario al saber que el inquilino ha sido validado por un filtro de solvencia profesional.
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Coberturas del seguro de impago de alquiler
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Impago de alquiler: abono de las mensualidades impagadas tras el inicio del proceso judicial de desahucio (a partir de 4 meses de impago).
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Defensa jurídica: asesoría y representación legal para el propietario en caso de litigio.
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Daños vandálicos: cobertura por desperfectos intencionados realizados por el inquilino.
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Pérdida de alquileres: compensación por la imposibilidad de alquilar durante el proceso.

Otras coberturas del seguro de alquiler
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Refuerza la seguridad de tu vivienda alquilada con un seguro de hogar que incluya:
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Daños por incendio, explosión o rayo
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Daños por agua (inundaciones, filtraciones, roturas)
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Daños por fenómenos atmosféricos: lluvia, granizo, viento, nieve y más
Preguntas frecuentes sobre el seguro de impago de alquiler
¿Qué es exactamente un seguro de impago de alquiler?
Es una póliza que protege al propietario cuando el inquilino deja de pagar. La aseguradora asume el pago de las mensualidades impagadas y, además, se encarga de todo el proceso legal del desahucio y la reclamación judicial.
En resumen: tú sigues cobrando tu renta, aunque tu inquilino no pague.
¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler?
El precio depende del importe mensual del alquiler y de las coberturas elegidas. Como referencia, suele oscilar entre el 3 % y el 5 % del total anual del alquiler.
Ejemplo: para un alquiler de 800 € al mes, el seguro costaría entre 288 € y 480 € al año.
¿Cuándo empieza la cobertura?
Generalmente, la cobertura entra en vigor al firmar la póliza y validar la solvencia del inquilino. Desde ese momento, tu vivienda queda protegida ante cualquier eventualidad relacionada con el impago.
¿Cuánto tarda el seguro en cubrir el impago?
Depende del proceso judicial, pero la aseguradora comienza a cubrir las mensualidades desde la sentencia de desahucio o el momento indicado en la póliza.
¿Quién paga el seguro, el propietario o el inquilino?
Normalmente, lo contrata el propietario, aunque puede acordarse que el inquilino asuma el coste parcial o total. En cualquier caso, el titular de la póliza suele ser el propietario, para garantizar que el cobro esté asegurado.
¿Puedo contratar un seguro de impago si ya tengo un inquilino?
Sí, siempre que el inquilino cumpla los requisitos de solvencia y se aporte la documentación necesaria.
¿Qué ocurre si hay daños en la vivienda alquilada?
El seguro incluye cobertura ante daños intencionados por parte del inquilino. Además, se recomienda complementar con un seguro de hogar para proteger la vivienda frente a incendios, inundaciones y fenómenos atmosféricos.
¿Es obligatorio tener seguro de impago de alquiler?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable para proteger los intereses del propietario ante posibles impagos o problemas legales con el inquilino.
¿Cuánto tiempo cubre el impago de rentas?
La cobertura habitual es de 6 a 12 meses de alquiler, aunque algunas aseguradoras ofrecen opciones más amplias según perfil del inquilino y primas contratadas.
¿Puede combinarse con el seguro de hogar?
Sí, y es lo más recomendable, al unir ambas coberturas:
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Aseguras el inmueble frente a incendios, daños por agua, robos, etc.
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Te proteges legalmente ante impagos.
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Puedes conseguir mejores precios en un paquete conjunto.
La combinación de seguro de hogar + impago de alquiler es una solución completa y rentable.
Departamento de Comunicación Seguros CEA














