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baja laboral

¿Es necesario contratar un seguro de incapacidad transitoria?

¿Es necesario contratar un seguro de incapacidad transitoria?

La paralización que supone una enfermedad o accidente puede repercutir seriamente en el ejercicio de la actividad profesional o diaria, sobre todo a aquellas personas que no tengan un trabajo no remunerado o los que trabajan por cuenta propia.

¿Estas cubierto ante una incapacidad transitoria?

¿Estas cubierto ante una incapacidad transitoria?

El seguro de incapacidad temporal es un seguro de enfermedad de la modalidad de subsidio o indemnización que tiene por objeto indemnizar la pérdida económica que pueda sufrir el asegurado cuando, con motivo de una enfermedad o accidente, se encuentre en situación de baja laboral o ingresado en un hospital.

¿Puede una ama de casa cobrar indemnización por un accidente en su hogar?

¿Puede una ama de casa cobrar indemnización por un accidente en su hogar?

En la seguridad social la prestación por incapacidad temporal es un subsidio que se reconoce en aquellas situaciones en las que el trabajador, bien sea por enfermedad o accidente, se ve obligado a cesar en su puesto de trabajo por no encontrarse en condiciones óptimas de continuar desarrollándolo.

¿Un esguince te hace perder ingresos?

Indemnización baja temporal

La posibilidad de ver mermados nuestros ingresos como consecuencia de una enfermedado accidente ha dejado de ser un problema para aquellos que no se podían hacer un seguro por causa de su profesión o actividad no remunerada. 

La indemnización por incapacidad

La indemnización por incapacidad

Hay actividades en las que la búsqueda de una cobertura económica para la baja causada por alguna enfermedad o accidente suponen un grave problema ya que la contratación de un seguro que cubra estas contingencias son productos que ofrece el mercado normalmente con ciertos requisitos relacionados con la actividad que se desarrolle y con un cuestionario previo.

Seguro de baja laboral para autónomos

Seguro de baja laboral para autónomos

Cualquier trabajador que se dé de alta en la Seguridad Social o en su Régimen Especial de Trabajadores Autónomos cuenta con prestaciones del Servicio Nacional de la Seguridad Social. Independientemente de la tipología de alta, contrato o profesión, todos disfrutan de las mismas prestaciones por asistencia sanitaria, incapacidad temporal o permanente, maternidad, jubilación y desempleo.

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