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En la situación actual en la que la caja de la Seguridad Social ha tenido que hacer uso del fondo de reserva, dado que lo que se aporta al sistema es insuficiente, van adquiriendo mayor importancia los sistemas privados de ahorro.

Asegura tu pensiónAl margen de la mala situación que se atraviesa, con poco empleo, el envejecimiento de la población y la baja tasa de natalidad, no auguran una mejora el sistema público de pensiones con una más que posible reducción de las pensiones. Parece lógico pensar que hay que contar con alguna fuente de ingresos alternativa de cara a la jubilación. En este punto es recomendable comenzar a ahorrar cuanto antes, ya que así se podrá ir constituyendo un mayor patrimonio sin hacer un esfuerzo económico excesivo.

Hasta ahora, y aunque con una baja contratación en España, se suscribían los planes de pensiones que estaban ideados para tener un complemento a la jubilación. Tienen la ventaja de la deducción fiscal, pero en su contra esta que antes de la jubilación no se pueden rescatar salvo por circunstancias extraordinarias expresamente tasadas. Con la reforma fiscal la tributación de los planes de pensiones ha sido beneficiada desde 2015 ya que tributa como rendimiento de trabajo. Actualmente es recomendable una planificación, de cara a la jubilación, combinando distintas formulas de ahorro, como pueden, entre otros, ser los PIAS (Planes individuales de ahorro sistemático), los PPA (planes de previsión asegurada).

Dentro de esta línea destacamos por su tratamiento fiscal, quedando exentos de tributación a partir del quinto año, los denominados seguros individuales de ahorro a largo plazo (SIALP), en los que el contribuyente sólo podrá ser titular de forma simultánea de un SIALP; las aportaciones no podrán ser superiores a 5.000€ anuales en ninguno de los ejercicios de vigencia del plan; la disposición solo podrá producirse en forma de capital, por el importe total del plan, no siendo posible disposiciones parciales; con garantía, al vencimiento, de la percepción de un capital equivalente al 85% de la suma de las aportaciones efectuadas y, como indicábamos, están exentos del IRPF los rendimientos derivados del plan siempre que no se efectúe ninguna disposición antes de los cinco años de su apertura.

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La necesidad, por tanto, de asegurarse la jubilación a través de sistemas privados de ahorro recomienda el estudio de las diferentes alternativas que ofrece el mercado asegurador, por lo que es conveniente estar bien asesorado para evitar situaciones de difícil o imposible solución al llegar la jubilación.

Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA

Etiquetas: seguro de ahorro, planes de pensiones, planes de jubilacion, PIAS, ahorros, SIALP, plan de ahorro, PPA, ahorro largo plazo, deduccion fiscal, pensiones, seguridad social, exento IRPF, exento tributacion, reforma fiscal

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