Vivir en comunidad no es fácil por lo que evitar motivos de confrontación es una de las ventajas que puede ofrecer un seguro de comunidad, aunque no sea un seguro obligatorio, ya que salvo la excepción de algunas comunidades autónomas que exigen un seguro de incendios y de daños a terceros, la ley de propiedad horizontal no establece su obligatoriedad.
En efecto, la no suscripción de un seguro genera que se deba hacer frente a los daños ocasionados en la comunidad mediante las correspondientes derramas con el consiguiente perjuicio y malestar de todos los vecinos. Los seguros de comunidades de propietarios ofrecen a sus asegurados la protección necesaria para afrontar aquellas situaciones que requieran atención por siniestros o servicios urgentes, ya que problemas por agua, incendios u otros daños son situaciones que el día que se presentan pueden ocasionar un problema a la comunidad.
El elevado nivel de uso de los elementos comunes de las comunidades de vecinos explica el hecho de su gran número de siniestros (la patronal de los seguros, UNESPA, estima que, por lo menos, hay un siniestro por agua cada año) por lo que el perfil de este tipo de seguros es diferente al de hogar. Por lo tanto, la suscripción de este tipo de seguros siempre es recomendable, ya que genera seguridad a la comunidad que se vería protegida por la aseguradora frente a cualquier reclamación relativa a los daños incluidos en la póliza, además de que económicamente es más rentable que por una pequeña cantidad de dinero se evite un desembolso mayor. Las coberturas para los seguros de comunidad de vecinos son muy amplias y cada comunidad debe seleccionar las mismas en base a sus necesidades, pero resaltaremos, entre otras la de responsabilidad civil por los daños causados por la comunidad, como pueden ser los derivados de la rotura de una tubería comunitaria. Hay que tener en cuenta que algunas aseguradoras incluyen algún tipo de franquicia por lo que habrá que estar atentos a la póliza.
Este tipo de cobertura ampararía los daños que con frecuencia se producen en las viviendas de la comunidad con origen en la rotura de las conducciones comunitarias. La responsabilidad civil del seguro de la comunidad ofrece cobertura para los daños que se producen en las viviendas de los propietarios, siempre y cuando el origen sea consecuencia de unos daños producido por la comunidad. Estos seguros, como indicábamos, no son obligatorios pero su contratación se incluye en los gastos de la comunidad, por lo que además de recomendables son asequibles.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA