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Seguro de incapacidad temporal, ¿quién puede contratarlo?

Este seguro tiene la finalidad de garantizar una indemnización diaria por enfermedad o accidente y tiene la ventaja de no requerir reconocimientos médicos previos. No tiene franquicias y, sobre todo, va dirigido a cualquier persona, con independencia de su profesión (incluso las no remuneradas) permitiendo percibir una indemnización, en un solo pago.

Seguro de incapacidad temporal

Se basa en un baremo específico que designa los periodos de inactividad en función de cada dolencia y por los que se asigna la indemnización a la que se tenga derecho. Es decir, se abonará la indemnización según el diagnostico que sufra el asegurado y por el periodo de días que estén establecidos en dicho baremo.

El producto se puede complementar contratando la indemnización por hospitalización por cualquier causa.

Se consigue así, compensar parte de la pérdida económica que el asegurado pudiera tener en su actividad profesional habitual, por problemas de salud y ayudar a sufragar los gastos adicionales que genera una hospitalización.

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Los límites que tiene este seguro para su contratación son de 6 euros/día como mínimo y 30 euros/día como máximo, a libre elección del asegurado, con independencia de la categoría profesional o actividad que realice.

Como ejemplos podemos indicar, con una indemnización de 30 € diarios:

  • Conjuntivitis 4 días X 30 € = 120 €

  • Fractura de esternón 25 días X 30 € = 750 €

  • Rotura fibrilar muscular 7 días X 30 € = 210 €

Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA

Etiquetas: incapacidad temporal, problemas salud, profesion, indemnizacion accidente, hospitalizacion accidente, ¿Qué seguros cubren una baja laboral?, ¿Cuánto cuesta un seguro de invalidez?, ¿Cuánto paga el seguro por baja laboral?, ¿Qué es un seguro de indemnización?, Seguro de Incapacidad Laboral Temporal, Seguro de Incapacidad Temporal para Autónomos, Seguro Baja Laboral

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