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¿Tienes contratada la garantía de reclamación de daños?

Mediante esta garantía la aseguradora garantiza la reclamación de daños y perjuicios sufridos por el asegurado siempre que aquellos se deriven de culpa o negligencia extracontractual del causante. 

¿Tienes contratada la garantía de reclamación de daños?

Se trata de una labor de vital importancia cuando hablamos de seguros, ya que será necesario contar con abogados especialistas que nos darán el asesoramiento adecuado para poder conseguir el máximo de indemnización posible.

¿Qué es un seguro de reclamación de daños?

La reclamación de daños es una cobertura de un seguro, que supone que, en caso de accidente, la aseguradora se hace cargo de la reclamación de daños, los trámites necesarios y además cubre los gastos judiciales de abogado y procurador para reclamar en nombre del asegurado.

Se suele incluir como cobertura en el seguro voluntario del automóvil, en el seguro del hogar y también en el seguro de defensa jurídica.

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¿Qué cubre la reclamación de daños?

En el condicionado de la póliza contratada se establecen las prestaciones que comprende la reclamación de daños siendo lo más habitual:

  • La realización de gestiones y trámites en vía extrajudicial para el resarcimiento de los daños y perjuicios, así como el pago de los gastos que se produzcan con ocasión de dicha reclamación.

  • La defensa jurídica en los procedimientos seguidos para la reclamación de daños cuando no se haya conseguido su resarcimiento por vía extrajudicial.

¿Tengo cubiertos los daños provocados por un tercero?

La importancia de tener contratada la garantía de reclamación de daños consiste en que los daños producidos por un tercero serán reclamados por tu aseguradora al causante, de acuerdo con el condicionado de la póliza de seguros, En estos casos la aseguradora se dirigirá al causante y puede suceder que:

  • Si el causante tiene un seguro, será su aseguradora la que se ocupe de la reparación de todos los daños producidos.

  • Si carece de dicha póliza de seguros, el causante tendrá que costear los daños ocasionados, que serán reclamados en vía amistosa por tu aseguradora de acuerdo con la garantía de reclamación que tengas contratada.

  • Si no prospera la reclamación, tu compañía presentará demanda judicial frente al causante por el importe de los daños ocasionados teniendo cubiertos todos los gastos de abogado y procurador.

¿Qué es un seguro de reclamación de daños?

A la hora de contratar un seguro todo parece muy sencillo, con el correspondiente abono y recepción de las condiciones generales y particulares de la póliza, pero si hay que presentar una declaración de siniestro entra en juego un complicado entramado legal en el que conviene estar bien asesorado por su mediador.

Aquí entra en juego la cobertura de reclamación de daños mediante la cual, como indicábamos la aseguradora, tanto por vía amistosa como judicial, realiza las reclamaciones frente al responsable y/o compañía aseguradora para obtener las indemnizaciones producidas por daños corporales y materiales causados a tu persona en el ámbito de tu vida particular, incluyendo a la unidad familiar que convivan contigo, incluso animales de compañía.

Es importante resaltar que ante cualquier clase de procedimiento que haya que recurrir a un abogado, la cobertura de este seguro posibilita al asegurado a elegir libremente al abogado y procurador que le represente, mediante los letrados que la aseguradora le proporciona o por otros que el elija. Esta libertad también se genera cuando nos encontramos ante los casos en que se presente un conflicto de intereses, es decir, cuando en un procedimiento la compañía asegura a ambas partes, al reclamante y al reclamado. Para el supuesto de optar por un abogado ajeno a la aseguradora se deberá remitir a la compañía de seguros un escrito de designación haciendo constar los datos del letrado designado.

Ana María Amador Rua. Abogada SEGUROSCEA

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