Las aseguradoras, dentro de las pólizas multirriesgo del hogar, ofrecen la cobertura de daños por acto vandálico para cubrir los perjuicios ocasionados con ánimo doloso por terceros.
Esta cobertura suele incluir los daños producidos por personas distintas al tomador del seguro o asegurado, sus familiares, asalariados o personas que habiten la vivienda asegurada -incluso inquilinos-.
En algunas aseguradoras incluyen los daños producidos por acciones tumultuarias en actividades de reuniones o manifestaciones, así como la existencia de huelgas legales, salvo que las citadas actuaciones tuvieran el carácter de motín o tumulto popular.
Se considera que hay un acto vandálico cuando el continente o el contenido del hogar sufre daños como consecuencia de actos malintencionados realizados con la intención de causar daño y sin ánimo de lucro. Pero hay que considerar que no todas las situaciones de vandalismo están cubiertas por el seguro, y situaciones como pintadas, inscripciones, dibujos de grafitis o hechos análogos no suelen tener cobertura, pero dependerá de cada póliza en concreto.
En caso de sufrir este tipo de siniestros, se debe de presentar la correspondiente denuncia detallando los hechos sucedidos, presentándola a la aseguradora para que atienda los daños y envíen, en su caso, un perito y reparen los daños ocasionados. Así mismo, y para determinados bienes, algunas compañías imponen un límite máximo de dinero como indemnización, bien en su conjunto, o bien por pieza.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA