Al producirse un accidente de tráfico con lesiones se generan unos gastos médicos que no siempre están cubiertos por el seguro del automóvil, por lo que es muy importante conocer si nuestra póliza ampara esta situación.
En primer lugar hay que destacar que los ocupantes del vehículo están cubiertos por el seguro obligatorio no generando, por tanto, ninguna problemática respecto a su atención médica. No es el caso del conductor del vehículo que la normativa excluye del seguro obligatorio y que se puede encontrar en las siguientes situaciones:
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Si has contratado la cobertura de asistencia sanitaria (normalmente las aseguradoras la denominan seguro del conductor), la atención médica siempre estará cubierta hasta el límite contratado. Aquí lo que debería ser revisado es el mencionado límite para verificar que es suficiente.
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En el supuesto de no tener contratada la cobertura, habría que diferenciar el siniestro con culpa de contrario o propia. En el primer supuesto, la asistencia sanitaria siempre estaría cubierta, con cargo al Seguro Obligatorio de la compañía contraria. En el segundo, salvo que el conductor esté incluido en cualquier régimen de la Seguridad Social, está obligado al pago de los servicios sanitarios y le podrán reclamar los gastos.
En definitiva, y para evitar problemas, desde SEGUROSCEA siempre recomendamos la contratación de esta cobertura, y con mayor ahínco al colectivo más vulnerable como es el de los motoristas.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA